La ANMAT prohibió la venta y el uso de una conocida crema para dolores musculares: cuál es y qué pasó
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La ANMAT prohibió la venta y el uso de una conocida crema para dolores musculares: cuál es y qué pasó

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió el uso, comercialización y distribución de dos lotes específicos de una conocida crema para dolores musculares luego de que la empresa titular informara el robo de más de nueve mil unidades de esos productos en una planta industrial.

La medida fue oficializada mediante la Disposición 4753/2026, publicada este jueves en el Boletín Oficial con la firma del responsable del organismo de control, Luis Eduardo Fontana.

Según la normativa, las actuaciones se iniciaron tras una comunicación vinculada con los productos “Átomo Desinflamante Forte” y “Átomo Desinflamante Clásico”. La empresa titular informó sobre "un hecho ilícito ocurrido en las instalaciones de Dalban Pharma S.A. (Planta Haedo)", donde fueron sustraídos distintos medicamentos.

De acuerdo con la presentación realizada ante la ANMAT, los lotes afectados corresponden a 5.740 unidades de “Átomo Desinflamante Forte” crema de 100 gramos, lote 00023, con vencimiento mayo de 2028, y 3.360 unidades de “Átomo Desinflamante Clásico” crema de 110 gramos, lote 00214, también con vencimiento mayo de 2028.

La empresa señaló además que los productos fueron robados como unidades terminadas, que "los lotes no tuvieron comercialización previa" y que "los remanentes de los productos se enviaron a destrucción".

En los fundamentos de la medida, la ANMAT sostuvo que se trata de "unidades individualizadas de las que se desconoce su condición y estado de conservación" y respecto de las cuales "no es posible acreditar su seguridad".

Por ese motivo resolvió prohibir "el uso, la comercialización y la distribución" de ambos lotes en todo el territorio nacional.

Según el organismo, la decisión busca proteger a "eventuales adquirentes y usuarios del producto involucrado" frente a un escenario en el que no puede garantizarse la trazabilidad ni las condiciones de conservación de las unidades sustraídas.

Otra disposición por el mismo robo: prohibieron lotes de un jarabe

La ANMAT publicó además la Disposición 4754/2026, mediante la cual prohibió el uso, comercialización y distribución de tres lotes del jarabe Zetrotrax. La medida también se originó en el robo denunciado en la planta de Laboratorios Dalban.

Según el documento oficial fueron sustraídas 2.314 unidades correspondientes al lote EAIB6, 1.706 unidades del lote EAIB7 y 2.340 unidades del lote EAIB8.

En este caso, el organismo indicó que los productos "aún no estaban en el envase secundario (estuchados)", aunque contaban con la etiqueta correspondiente.

En ese sentido, sostuvo que se trata de unidades respecto de las cuales "se desconoce su condición y estado de conservación" y acerca de las cuales "no es posible acreditar su seguridad", por lo que resolvió prohibir su utilización y comercialización.

Prohibieron un eliminador de olores para perros

A través de la Disposición 4752/2026, la ANMAT también prohibió el uso, publicidad, comercialización y distribución de todas las presentaciones y lotes del producto "KOE. Eliminador de olores para perros".

La medida surgió luego de que el organismo verificara que el producto era promocionado en internet y comercializado sin registro sanitario, y sin que pudiera identificarse "un establecimiento responsable habilitado".

En los considerandos se señala que "los establecimientos como los productos domisanitarios deben contar con las correspondientes habilitaciones y registros para poder ser comercializados" y por ese motivo se resolvió prohibirlo "hasta tanto se encuentre debidamente regularizado".

También retiraron medicamentos con fenolftaleína

En otra disposición publicada este mismo día, que lleva el número 4814/2026, la ANMAT suspendió "la elaboración, comercialización, importación y uso del ingrediente farmacéutico fenolftaleína y de las especialidades medicinales que contengan fenolftaleína". Además, canceló las autorizaciones de comercialización vigentes y ordenó el retiro de esos productos del mercado.

La decisión se apoyó en una revisión del balance beneficio-riesgo realizada por el Departamento de Farmacovigilancia y Gestión de Riesgo.

En los considerandos, el organismo señaló que "varios países" retiraron el fármaco del mercado tras observar "resultados de carcinogénesis en estudios con animales" y recordó que en Argentina los medicamentos con fenolftaleína ya estaban sujetos a venta bajo receta desde 1999 debido al "relevante riesgo carcinogénico" asociado a su utilización prolongada como laxante.

La disposición menciona además que la International Agency for Research on Cancer (IARC) "anticipa razonablemente a la fenolftaleína como carcinógeno humano" y remarca que "existen varios otros medicamentos indicados para la constipación en el mercado, por lo que la fenolftaleína puede ser reemplazada con facilidad".

Como consecuencia de la decisión, los laboratorios deberán "efectuar el retiro inmediato del mercado de sus productos" y ya no se admitirán nuevas solicitudes de inscripción de medicamentos que contengan ese ingrediente farmacéutico activo.

ES

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