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AR 18 Mar 2026
Es oficial | El Gobierno prohíbe a los bancos emitir tarjetas de crédito y ampliar el límite sin consentimiento previo
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Es oficial | El Gobierno prohíbe a los bancos emitir tarjetas de crédito y ampliar el límite sin consentimiento previo

A la hora de contratar una tarjeta de crédito hay que prestar especial atención al límite de disposición, o lo que es lo mismo, el tope de gasto que se pacta con el banco antes de activarla. Sin embargo, durante años, algunas entidades incurrieron en prácticas que generaron polémica y conflictos con sus clientes.

Ahora, el Gobierno busca poner fin a esta situación con una nueva normativa que refuerza la protección del consumidor y limita el margen de actuación de la banca.

El Banco de España advierte sobre el límite de las tarjetas de crédito

El Banco de España avisa que las entidades no tienen autoridad para modificar el límite de la tarjeta de crédito al alza de forma unilateral. En caso de hacerlo, si el cliente realiza un pago que supera el tope acordado inicialmente, será la entidad la que deba asumir el coste.

Tal como señala el organismo supervisor, si el cliente sobrepasa el tope es que el banco emisor de la tarjeta lo ha aumentado sin consultarle, por lo que “tendrá que pagar todas las compras que se realicen por encima de éste dado que, si no se hubiera modificado al alza el límite, esas operaciones no se habrían producido”.

La nueva ley del Gobierno sobre tarjetas de crédito

El Gobierno ha aprobado un anteproyecto de Ley de Contratos de Crédito al Consumo que prohíbe a los bancos expedir tarjetas de crédito o ampliar el límite de las mismas sin que el cliente lo solicite de forma expresa. El objetivo central de la norma es reforzar la protección de los consumidores y frenar las prácticas que han favorecido el sobreendeudamiento.

El texto, promovido por el Ministerio de Economía, establece que “se prohíbe toda concesión de crédito a los consumidores que no hayan solicitado previamente y sin su consentimiento expreso”, cerrando la puerta a la concesión unilateral de financiación por parte de las entidades bancarias.

Qué cambia para los clientes y qué seguirá permitido

La nueva ley matiza que la prohibición no excluye la posibilidad de que los prestamistas anuncien u ofrezcan créditos preautorizados. Eso sí, estos no podrán concederse sin el consentimiento previo del consumidor. Es decir, la intención es impedir la activación unilateral de financiación, pero no limitar la oferta comercial.

Asimismo, la norma prevé topes al coste de los descubiertos bancarios, nuevas obligaciones de transparencia y la extensión de la supervisión del Banco de España a todas las empresas que concedan crédito al consumo, incluidas las plataformas digitales de financiación.

Entre las novedades más destacadas, se encuentra también el control sobre productos de alto riesgo como las tarjetas revolving, un segmento que ha estado en el centro del debate judicial y regulatorio en los últimos años.

Tarjetas revolving y el foco en el sobreendeudamiento

La iniciativa del Ejecutivo se produce en un contexto de creciente preocupación por el endeudamiento familiar y el uso masivo de productos de crédito al consumo. En los últimos años, los tribunales han condenado la aplicación de intereses usurarios en las tarjetas revolving.

Este tipo de tarjetas concentra un alto riesgo de sobreendeudamiento para los consumidores más vulnerables. Por ese motivo, la nueva norma prevé límites al coste del dinero y refuerza las obligaciones de información y transparencia por parte de las entidades.