Uno de los cambios más significativos que introduce es la protección de los inquilinos frente a desahucios, incluso en situaciones de incumplimiento en el pago del alquiler.
Con esta nueva normativa, los procedimientos para desalojar a los inquilinos se extienden considerablemente. En caso de que un inquilino deje de pagar, la ley estipula que los tribunales pueden suspender el desahucio por un periodo de entre dos y cuatro meses, dependiendo de si el propietario es una persona física o jurídica.
Los requisitos que deben cumplir los inquilinos para quedarse en la vivienda
La reciente Ley de Vivienda, que modifica la Ley 1/2000 del 7 de enero, establece nuevas directrices para los propietarios en caso de impago del alquiler. Sin embargo, también se contemplan circunstancias en las que dicho desalojo se suspenderá debido a la vulnerabilidad del inquilino.
El concepto de vulnerabilidad relacionado con el arrendamiento de inmuebles,se menciona en varios artículos de la ley, siendo el más significativo el 14, “Situaciones de especial vulnerabilidad”, en el que se definen algunos de los casos en que este concepto sería aplicable:
Las políticas en materia de vivienda deberán considerar de manera prioritaria a las personas, familias y unidades de convivencia que residen en asentamientos y barrios altamente vulnerables y segregados, tanto en entornos urbanos como en zonas rurales, así como a las personas sin hogar, a las personas con discapacidad, a los menores en riesgo de pobreza o exclusión social, a los menores tutelados que dejen de serlo y a cualquier otra persona vulnerable que se defina en el momento de la actuación.
Qué se entiende por inquilino vulnerable
De acuerdo con la información proporcionada por el portal especializado, para que un inquilino sea considerado en situación de vulnerabilidad, es imperativo que cumpla al menos uno de los siguientes criterios:
Los inquilinos podrán quedarse en sus viviendas incluso si no pueden pagar
En este contexto, los arrendatarios pueden solicitar al tribunal una suspensión extraordinaria del desahucio, presentando pruebas de su vulnerabilidad económica que les impide encontrar una alternativa habitacional para ellos y sus convivientes.