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AR 16 Mar 2026
No solo el padre o la madre: el Registro Civil pide que también estén estas personas para anotar a un bebé recién nacido
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No solo el padre o la madre: el Registro Civil pide que también estén estas personas para anotar a un bebé recién nacido

Registrar a un bebé ante el Registro Civil parece un trámite sencillo, pero tiene requisitos que muchos padres desconocen hasta que ya están en la ventanilla. En México, inscribir el nacimiento de un hijo no es solo cosa de mamá y papá: la ley establece quiénes pueden realizarlo, quiénes deben estar presentes y qué documentos son indispensables. Conocer estas reglas desde antes puede evitar viajes innecesarios, retrasos y hasta sanciones por registro extemporáneo. Uno de los aspectos que más llama la atención de los padres primerizos es que el Registro Civil no solo solicita identificaciones y actas, sino también la presencia de testigos. Estas personas deben ser mayores de edad, contar con una identificación oficial vigente y estar dispuestas a comparecer de manera presencial ante el oficial del Registro Civil para dar fe del acto. De acuerdo con los códigos civiles estatales y la normativa administrativa del Registro Civil: Si únicamente uno de los padres puede acudir al Registro Civil, el registro de nacimiento puede realizarse sin problema, siempre que cumpla con los requisitos establecidos. Cuando los padres fallecieron, están desaparecidos o legalmente incapacitados, el tutor designado judicialmente puede realizar el registro, siempre que presente: En situaciones excepcionales (por ejemplo, enfermedad grave, hospitalización o ausencia comprobada de los padres), los abuelos, tíos u otros familiares directos pueden comparecer para realizar el trámite. Generalmente deberán presentar: En algunos casos, carta poder simple o autorización firmada por los padres si están vivos pero imposibilitados de acudir. El Registro Civil en México opera bajo un principio claro: los actos civiles deben quedar debidamente acreditados, y eso requiere documentos y personas reales. Tanto quienes registran al bebé como los testigos deben presentar identificación oficial vigente —credencial del INE, pasaporte o cédula profesional—, y en ningún caso se acepta documentación vencida o incompleta. Además, la presencia física de la persona responsable del registro es indispensable: no existe la posibilidad de hacer este trámite por poder o de manera remota en la mayoría de los estados.